Jueves 06 de Junio de 2013.
Familias de los consejos comunitarios de
Curvaradó han sido excluidas por equívocas interpretaciones avaladas
por funcionarios del gobierno Santos respecto a los contenidos de los
Autos de la Corte Constitucional que definían los criterios para definir
quiénes eran o no integrantes de los consejos comunitarios.
La exclusión se ha convertido en un nuevo mecanismo de hecho para que el despojo violento de paramilitares y empresarios de mala fe, quede legitimado con tan evidente actuación institucional igualmente se está fomentando la exclusión y la discriminación. Este es el doloroso comunicado de los excluidos.
Para
las comunidades excluidas arbitrariamente por el Ministro del Interior
con si equivoca interpretación, este debe respetar integralmente los
contenidos de los autos de la Corte y no propiciar nuevas formas de
exclusión, de discriminación y de interpretación contra los derechos
consagrados en la ley 70, en los usos y costumbres con los que hemos
habitado y administrado el territorio.
Las comunidades
reiteran que la actuación del Ministerio es contra derecho, desconoce
sus derechos como desplazados y quienes regresaron al territorio, a los
que han vuelto con el objetivo de proteger los ecosistemas, lograr la
calidad de vida y los medios de subsistencia con responsabilidad con el
país y con el planeta.
Lea Carta completa:
CARTA
Junio 3 del 2013
Cuenca del Río Curbaradó
Municipio Carmen del Darién Chocó
Comunicado a la Opinión Pública
Nosotros las 17 comunidades de la cuenca del río Curbaradó recibimos la convocatoria para asistir a una reunión en Carmen del Darién para participar en la conformación del comité de censo en cumplimiento del Auto 299/12.
Lea Carta completa:
CARTA
Junio 3 del 2013
Cuenca del Río Curbaradó
Municipio Carmen del Darién Chocó
Comunicado a la Opinión Pública
Nosotros las 17 comunidades de la cuenca del río Curbaradó recibimos la convocatoria para asistir a una reunión en Carmen del Darién para participar en la conformación del comité de censo en cumplimiento del Auto 299/12.
El jueves 30 de mayo los funcionarios del
Ministerio del interior nos separaron de los otros adultos mayores por
el hecho de no ser negros de piel, y personamente dividieron el grupo en
dos afirmando que los cuatro criterios dados por la corte
constitucional debían ser cumplidos por cada uno de nosotros, su acto
discriminatorio continuo, nos preguntaron por nuestros antecedentes
familiares frente al auditorio nos dijeron que el hecho de no estar
casados con alguien de piel negra nos impedía en el comité que no
teníamos derecho ni a voz, ni a voto. Incluso consultaron a sus
superiores en Bogotá y leyeron una comunicación según la cual la
interpretación del ministerio era que la concurrencia de los cuatro
requisitos significaba que es obligatorio tener compañero/a de piel
negra.
Esta actitud contradice las disposiciones de la corte
constitucional es una interpretación abuciva y discriminatoria yá que
privó a 17 comunidades de sus derechos fundamentales a la
autodeterminación de los pueblos afrodescendientes aun cuando en el auto
096 de 2013 reitera loque en anteriores ocasiones la corte ha
sostenido:
“La corte reitera que la protección constitucional
establecida para estas comunidades no depende exclusivamente de la raza
a la que pertenezcan o de la mayor o menor manifestación de
características externas típicas de una raza especifica”.
“El
reconocimiento de derechos especiales a las comunidades negrasno se
hace en función de su “raza” los derechos de las comunidades negras en
Colombia son en función de status en tanto grupo étnico, portador de una
identidad propia ques es digna y protegida y no de el color de la piel
de sus integrantes.”
Teniendo en cuenta lo anterior,
consideramos un desacato la mala interpretación del ministerio yá que
quedamos excluidos de las decisiones sobre nuestro territorio sele ha
negado el derecho a miembros de nuestras comunidades que lo han
defendido frente a la siembra ilegal de palma , banano y la ganadería
extenciva como Liria Rosa Garcia, Enrique Petro, Guillermo Díaz y la
familia Ruiz sobre quienes pesan graves amenazas.
Un adulto
mayor de la comunidad de Camelias se retiro de la mesa de la reunion
pese a ser integrante del comité por ser de piel negra esto como
manifestación de su desacuerdo con la posición discriminatoria del
ministerio del interior.
El Ministerio del Interior debe
respetar integralmente los contenidos de los autos de la Corte y no
propiciar nuevas formas de exclusión, de discriminación y de
interpretación contra los derechos consagrados en la ley 70, en los usos
y costumbres con los que hemos habitado y administrado el territorio,
de los que hemos sido desplazados, a los que hemos vuelto con el
objetivo de proteger los ecosistemas, lograr la calidad de vida y los
medios de subsistencia con responsabilidad con el pais y con el planeta.
Solicitamos
que sea reevaluada la posición del ministerio porque esta en contravía
de los derechos de las comunidades afrodescendientes.
Anexamos firmas
Firmas de adultos mayores y miembros de las comunidades
Nombre cedula comunidad
Sofanor Garavito 6861779 Andalucia
Cesar Ramires 7486498 Yano rico
Eladio Cordero H 11955619 no hai como Dios
Liria Rosa Garcia G 30079978 Caracoli
Pacho Cuesta 71938178 Andalucia
Uriel Tuberquia 9859812 Camelias
Segundo Cuadrado 6873595 Camelias
Sergio Diaz Gonzalez 6706764 Llano Rico
Eudedes de J Trejos 6705257 El cerrao
Enrique Petro 8170746 Andalucia
Heleodoro Sierra 4784066 no ai como dios
Santos Torres 4795005 Camelia
Artincio Sierra 6686674 Bella lus
Ligia Maria Ch 526378629 Camelias
Manuel Lope 8428256 no hay como dios
Adriana M Tuberquia 43654083 Camelias
Atanael Martinez 12002130 buena bista
Carlos Antonio ernandes león Caño manso
Lea También pronunciamiento de la Corte Constitucional del 17 de Mayo de 2013 en la que Resuelve:
Anexamos firmas
Firmas de adultos mayores y miembros de las comunidades
Nombre cedula comunidad
Sofanor Garavito 6861779 Andalucia
Cesar Ramires 7486498 Yano rico
Eladio Cordero H 11955619 no hai como Dios
Liria Rosa Garcia G 30079978 Caracoli
Pacho Cuesta 71938178 Andalucia
Uriel Tuberquia 9859812 Camelias
Segundo Cuadrado 6873595 Camelias
Sergio Diaz Gonzalez 6706764 Llano Rico
Eudedes de J Trejos 6705257 El cerrao
Enrique Petro 8170746 Andalucia
Heleodoro Sierra 4784066 no ai como dios
Santos Torres 4795005 Camelia
Artincio Sierra 6686674 Bella lus
Ligia Maria Ch 526378629 Camelias
Manuel Lope 8428256 no hay como dios
Adriana M Tuberquia 43654083 Camelias
Atanael Martinez 12002130 buena bista
Carlos Antonio ernandes león Caño manso
Lea También pronunciamiento de la Corte Constitucional del 17 de Mayo de 2013 en la que Resuelve:
Primero.- RECHAZAR por falta de
legitimación la solicitud de aclaración del auto 299 de 2012, elevada
por el representante legal de la Comisión Intereclesial de Justicia y
Paz.
Segundo.- DENEGAR por improcedente la solicitud de aclaración del auto 299 de 2012, elevada por los delegados y delegadas de 17 comunidades de la cuenca del río Curvaradó.
Segundo.- DENEGAR por improcedente la solicitud de aclaración del auto 299 de 2012, elevada por los delegados y delegadas de 17 comunidades de la cuenca del río Curvaradó.