2. Acuerdo sobre “Garantías de seguridad y lucha contra las
organizaciones criminales responsables de homicidios y masacres o que
atentan contra defensores de derechos humanos, movimientos sociales o
movimientos políticos, incluyendo las organizaciones criminales que
hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de
apoyo, y la persecución de las conductas criminales que amenacen la
implementación de los acuerdos y la construcción de la paz.”
3. Acuerdo sobre “Refrendación”
I. Acuerdo sobre Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de las Armas
1. Compromisos.
El Gobierno Nacional y las FARC-EP expresan su compromiso de
contribuir al surgimiento de una nueva cultura que proscriba la
utilización de las armas en el ejercicio de la política y de trabajar
conjuntamente por lograr un consenso nacional en el que todos los
sectores políticos, económicos y sociales, nos comprometamos con un
ejercicio de la política en el que primen los valores de la democracia,
el libre juego de las ideas y el debate civilizado; en el que no haya
espacio para la intolerancia y la persecución por razones políticas.
Dicho compromiso hace parte de las garantías de no repetición de los
hechos que contribuyeron al enfrentamiento armado entre los colombianos
por razones políticas.
Por último, el Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen con el
cumplimiento de lo aquí acordado en materia de Cese al Fuego y de
Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de las armas, para lo
cual elaborarán una hoja de ruta que contenga los compromisos mutuos
para que a más tardar a los 180 días luego de la firma del Acuerdo Final
haya terminado el proceso de dejación de armas.
2. Objetivo
El presente Acuerdo sobre Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y
Definitivo y Dejación de las Armas tiene como objetivo la terminación
definitiva de las acciones ofensivas entre la Fuerza Pública y las
FARC-EP, y en general de las hostilidades y cualquier acción prevista en
las Reglas que Rigen el CFHBD, incluyendo la afectación a la población,
y de esa manera crear las condiciones para el inicio de la
implementación del Acuerdo Final y la Dejación de las armas y preparar
la institucionalidad y al país para la Reincorporación de las FARC-EP a
la vida civil.
3. Monitoreo y Verificación
Acordamos crear un Mecanismo de Monitoreo y Verificación que será un
mecanismo tripartito, integrado por representantes del Gobierno Nacional
(Fuerza Pública), de las FARC-EP, y un Componente Internacional
consistente en una misión política con observadores no armados de la ONU
integrada principalmente por observadores de países miembros de la
Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC).
El Componente Internacional preside en todas las instancias el
Mecanismo de Monitoreo y Verificación y está encargado de dirimir
controversias, presentar recomendaciones y generar reportes.
Respecto a la Dejación de las Armas el Componente Internacional la
verifica en los términos y con las debidas garantías establecidas en los
protocolos del Acuerdo.
4. Adaptación de los dispositivos en el terreno
A partir del día D+1 la Fuerza Pública reorganizará el dispositivo de
las tropas para facilitar el desplazamiento de las estructuras de las
FARC-EP a dichas Zonas y para el cumplimiento del Acuerdo sobre el Cese
al fuego y Dejación de las Armas.
Por su parte a partir del día D+5, las distintas misiones, comisiones
y Unidades Tácticas de Combate (UTC) de los frentes de las FARC-EP se
desplazarán hacia dichas Zonas previamente acordadas, siguiendo las
rutas de desplazamiento establecidas de común acuerdo entre el Gobierno
Nacional y las FARC-EP.
5. Zonas Veredales Transitorias de Normalización (en adelante “Zonas”).
El Gobierno Nacional y las FARC-EP acordamos establecer 23 Zonas Veredales Transitorias de Normalización y 8 Campamentos.
Las Zonas Veredales Transitorias de Normalización tienen como
objetivo garantizar el Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y
Definitivo y la Dejación de las Armas e iniciar el proceso de
preparación para la Reincorporación a la vida civil de las estructuras
de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con
sus intereses.
Estas Zonas son territoriales, temporales y transitorias. Cada Zona
contará con Equipos de Monitoreo Local. Tendrán facilidades de acceso
por vía carreteable o fluvial; sus límites corresponden a los de la
vereda donde se ubican; pudiendo ser ampliados o reducidos por mutuo
acuerdo dependiendo del tamaño de la vereda, tendrán una extensión
razonable que permite el monitoreo y verificación y el cumplimiento de
los objetivos de las Zonas, fijando como referente accidentes
geográficos o características del terreno.
La salida de combatientes de las FARC-EP de los campamentos se hará sin armas y de civil.
El Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen a que la
implementación de este Acuerdo se realice sin ninguna limitación en el
normal funcionamiento de las autoridades civiles no armadas, en el
desenvolvimiento de la actividad económica, política y social de las
regiones, en la vida de las comunidades, en el ejercicio de sus
derechos; así como en los de las organizaciones comunales, sociales y
políticas que tengan presencia en los territorios.
Las autoridades civiles (no armadas) que tengan presencia en las
Zonas permanecen y continuarán ejerciendo sus funciones en las mismas,
sin perjuicio de lo acordado en el Cese al Fuego y Hostilidades
Bilateral y Definitivo. Las Zonas no pueden ser utilizadas para
manifestaciones de carácter político.
Los (as) integrantes de las FARC-EP que en virtud de la ley de
amnistía hayan sido beneficiados con la excarcelación, y así lo deseen,
se integran a dichas zonas para seguir el proceso de reincorporación a
la vida civil. Para este fin, dentro de las Zonas se organizan sitios de
estadía por fuera de los campamentos.
Durante la vigencia del Acuerdo sobre CFHBD y DA; las FARC-EP designa
un grupo de 60 de sus integrantes (hombres y mujeres) que pueden
movilizarse a nivel nacional en cumplimiento de tareas relacionadas con
el Acuerdo de Paz.
Así mismo, por cada Zona, las FARC-EP, designa un grupo de 10 de sus
integrantes que puede movilizarse a nivel municipal y departamental en
cumplimiento de tareas relacionadas con el Acuerdo de Paz. Para estos
desplazamientos los integrantes de las FARC-EP cuentan con las medidas
de seguridad acordadas con el Gobierno Nacional.
En los campamentos no habrá ni podrá ingresar población civil en ningún momento.
Durante la vigencia de las zonas se suspenderá el porte y la tenencia de armas para la población civil dentro de dichas Zonas.
En caso de presentarse dentro de una Zona algún hecho o circunstancia
que requiera la presencia de la Policía Nacional o cualquier otra
autoridad armada del Estado se hace informando al Mecanismo de Monitoreo
y Verificación, para que coordine el ingreso de acuerdo con los
protocolos acordados por el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
La ubicación de los campamentos dentro de las Zonas se hará de forma
que el Mecanismo de Monitoreo y Verificación pueda ejercer su función.
En desarrollo del proceso de preparación para la reincorporación a la
vida civil de sus combatientes, las FARC-EP en coordinación con el
Gobierno Nacional, podrán realizar dentro de las Zonas todo tipo de
capacitación de los integrantes de las FARC-EP en labores productivas,
de nivelación en educación básica primaria, secundaria o técnica, de
acuerdo con sus propios intereses, jornadas de cedulación y demás
actividades de preparación para la reincorporación y otras actividades
necesarias para facilitar el tránsito a la legalidad de las FARC-EP.
6. Zona de Seguridad
Alrededor de cada Zona se establece una Zona de Seguridad donde no
podrá haber unidades de la Fuerza Pública, ni efectivos de las FARC-EP
con excepción de los equipos de monitoreo y verificación acompañados de
seguridad policial cuando las circunstancias así lo requieran. El ancho
de la Zona de Seguridad será de 1 kilómetro alrededor de cada Zona.
7. Seguridad
El Gobierno Nacional y las FARC-EP definirán conjuntamente unos
protocolos de seguridad, que permitirán, de manera integral, minimizar
las potenciales amenazas que pueden afectar o vulnerar las personas y
bienes comprometidos en el Cese al Fuego y Hostilidades Bilateral y
Definitivo y la Dejación de las Armas.
Las condiciones de seguridad implementadas garantizarán la protección
de los integrantes del equipo de monitoreo y verificación, los miembros
de las FARC-EP, los delegados del Gobierno Nacional, la Fuerza Pública y
demás intervinientes en el proceso. Así como, la coordinación de los
movimientos y los dispositivos en el terreno.
El Gobierno Nacional a través de la Fuerza Pública continuará
garantizando las condiciones de convivencia y seguridad de la población
civil durante este proceso.
8. Dejación de las Armas (DA).
Consiste en un procedimiento técnico, trazable y verificable mediante
el cual la ONU recibe la totalidad del armamento de las FARC-EP para
destinarlo a la construcción de 3 monumentos, acordados entre el
Gobierno Nacional y las FARC-EP.
La Dejación de las Armas por parte de las FARC-EP se desarrollará en
dos tiempos, denominados Control de Armamento y Dejación de las armas,
que integran los siguientes procedimientos técnicos: registro,
identificación, monitoreo y verificación de la tenencia, recolección,
almacenamiento, extracción y disposición final.
9. Procedimiento
Con la Firma del Acuerdo Final inicia el proceso de Dejación de las
Armas de las FARC-EP, que incluirá el transporte del armamento a las
zonas, la destrucción del armamento inestable, y la recolección y
almacenamiento en contenedores del armamento individual de manera
secuencial y en tres fases así: 1 Fase: D+90, el 30%; 2 Fase: D+120, el
30%; y 3 Fase: D+150, 40% restante, según la hoja de ruta (cronograma de
eventos) acordada por el Gobierno Nacional y las FARC-EP que guía el
proceso del Fin del Conflicto luego de la firma del Acuerdo Final.
Las FARC-EP contribuirá por diferentes medios, incluyendo el
suministro de información, con la limpieza y descontaminación de los
territorios afectados por minas antipersonal (MAP), artefactos
explosivos improvisados (AEI), y municiones sin explotar (MUSE) o restos
explosivos de guerra (REG) en general, teniendo en cuenta lo acordado
en los puntos 4 y 5 y lo que se acuerde en el punto de Reincorporación a
la vida civil en cuanto a la participación de las FARC-EP en la acción
contra minas.
Para garantizar el control efectivo del armamento en cada Zona se
determinará un solo punto de almacenamiento, dentro de uno de los
campamentos, en donde estarán ubicados los contenedores bajo el
monitoreo y verificación permanente del Componente Internacional del
Mecanismo de Monitoreo y Verificación, de acuerdo con los protocolos
concertados entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP.
Recibido el armamento el día D+150, a más tardar el día D+180
finalizará el proceso de extracción de las armas por parte de Naciones
Unidas, conforme a los procedimientos acordados para esta materia y
certificará el cumplimiento de este proceso procediendo a comunicarlo al
Gobierno Nacional y a la opinión pública.
El día D+180 se da por terminado el funcionamiento de estas Zonas y el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo.
El Mecanismo de Monitoreo y Verificación certificará y comunicará
cada una de las fases del procedimiento de dejación de armas antes
descrito.
Por último, sobre la base del acuerdo que hemos anunciado el día de
hoy y en el marco de la Resolución 2261, el Gobierno Nacional y las
FARC-EP solicitamos al Secretario General de las Naciones Unidas que se
pongan en marcha todos los preparativos necesarios para el despliegue de
la Misión Política Especial, de manera que se pueda avanzar en la
implementación del presente acuerdo.
II. Acuerdo sobre “Garantías de
seguridad y lucha contra las organizaciones criminales responsables de
homicidios y masacres o que atentan contra defensores/as de derechos
humanos, movimientos sociales o movimientos políticos, incluyendo las
organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del
paramilitarismo y sus redes de apoyo, y la persecución de las conductas
criminales que amenacen la implementación de los acuerdos y la
construcción de la paz”
Este acuerdo está dirigido a brindar protección y seguridad a todos
los habitantes del territorio nacional; medidas de protección a las
colectividades, los movimientos y organizaciones sociales y de derechos
humanos en los territorios; garantías para el ejercicio de la política a
los movimientos y partidos políticos, especialmente a los que ejerzan
oposición, al movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a
la actividad política legal y a los integrantes de las FARC-EP en
proceso de reincorporación a la vida civil.
Adicionalmente contempla la implementación de las medidas necesarias
para intensificar con efectividad y de forma integral las acciones
contra las organizaciones y conductas criminales objeto de este acuerdo
que amenacen la construcción de la paz. El acuerdo incluye igualmente
medidas para el esclarecimiento del fenómeno del paramilitarismo en
complemento a lo ya acordado en el punto 5.
El acuerdo de garantías de seguridad, se basa en los siguientes principios:
1. Respeto, garantía, protección y promoción de los derechos humanos.
2. Asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado en todo el territorio
3. Fortalecimiento de la administración de justicia
4. Asegurar el monopolio de los tributos por la Hacienda Pública
5. Enfoque territorial y diferencial
6. Enfoque de género
7. Coordinación y corresponsabilidad institucional
8. Participación ciudadana
9. Rendición de cuentas
10. Garantías de No Repetición
Para cumplir con estos propósitos, el Gobierno Nacional y las FARC-EP, se comprometen a:
· El Gobierno Nacional garantizará la implementación de las
medidas necesarias para intensificar con efectividad las acciones contra
las organizaciones y conductas criminales objeto de este acuerdo que
amenacen la construcción de la paz. Además asegurará la protección de
las comunidades en los territorios, que se rompa cualquier tipo de nexo
entre política y uso de las armas, y que se acaten los principios que
rigen toda sociedad democrática.
· Las FARC-EP por su parte asumen el compromiso de contribuir
de manera efectiva a la construcción y consolidación de la paz, en todo
lo que resulte dentro de sus capacidades, a promover los contenidos de
los acuerdos y al respeto de los derechos fundamentales.
Las medidas de seguridad y protección que define el acuerdo se han
construido sobre cinco pilares fundamentales con un enfoque dimensional:
1. Un Pacto Político Nacional y desde las regiones con los
partidos y movimientos políticos, los gremios, la sociedad organizada y
en general las fuerzas vivas de la nación para que nunca más se utilicen
las armas en la política ni se promuevan organizaciones violentas como
el paramilitarismo. Este pacto buscará la reconciliación nacional y la
convivencia pacífica.
2. Una Comisión Nacional de Garantías de Seguridad que será
presidida por el Presidente de la República y tendrá como objeto el
diseño y el seguimiento a la política pública y criminal en materia de
desmantelamiento de cualquier organización o conducta de que trata este
acuerdo. La Comisión también armonizará dichas políticas para garantizar
su ejecución.
3. Una Unidad Especial de Investigación dentro de la Fiscalía
General de la Nación para el desmantelamiento de las organizaciones
criminales y sus redes de apoyo, que hayan sido denominadas como
sucesoras del paramilitarismo de conformidad con lo establecido en el
numeral 74 del acuerdo sobre la Jurisdicción Especial para la Paz. Esta
Unidad contará con una unidad especial de policía judicial con expertos
en distintas materias.
4. En desarrollo de lo acordado en el punto 2 “Participación
Política”, la creación del Sistema Integral de Seguridad para el
Ejercicio de la Política que desarrollará un modelo de garantías de
derechos ciudadanos y protección para los movimientos y partidos
políticos, incluyendo el movimiento o partido político que surja del
tránsito de las FARC-EP a la vida civil, organizaciones sociales, de
derechos humanos y las comunidades en los territorios. El Sistema
incluye la creación en la Unidad Nacional de Protección de un cuerpo
mixto de protección para los integrantes de las FARC-EP en proceso de
reincorporación a la vida civil.
5. Un Programa Integral de Seguridad y Protección para las
comunidades y organizaciones en los territorios que tendrá como
propósito la definición y adopción de medidas de protección integral
para las organizaciones, grupos y comunidades en los territorios.
El acuerdo incluye adicionalmente las siguientes medidas complementarias:
· El diseño y puesta en marcha de una política de
sometimiento a la justicia para las organizaciones objeto de este
acuerdo.
· La activación de un cuerpo élite de la Policía Nacional
como instrumento para desarticular las organizaciones criminales objeto
del acuerdo.
· Instrumento de prevención y monitoreo de las organizaciones
criminales: es un sistema de anticipación y prevención para la reacción
rápida, que está orientado a garantizar una mejor identificación de las
amenazas en los territorios y una acción con mayor impacto de la Fuerza
Pública para contener esas amenazas.
· Medidas de prevención y lucha contra la corrupción: dirigidas a fortalecer la transparencia institucional.
III. Acuerdo sobre “REFRENDACIÓN”
El gobierno de Colombia y las FARC-EP,
para zanjar las diferencias surgidas hasta la fecha sobre el tema
aludido, en el día de hoy, en desarrollo de la agenda del Acuerdo
General para la Terminación del Conflicto, hemos convenido acoger como
fórmula de convergencia la decisión que profiera la Corte Constitucional
sobre los alcances del Proyecto de Ley Estatutaria No. 156 de 2015
Cámara, 94 de 2015 Senado, en el espíritu hasta ahora anunciado y en esa
medida aceptamos el mecanismo de participación popular que la Corte
indique y en los términos que ese alto tribunal señale.