Por: Delegación de PAZ de Las FARC-EP-
Martes 14 de Enero 2014
Lectura del comunicado por el comandante Pablo Catatumbo acompañado de los comandantes Ricardo Téllez e Iván Márquez
La Habana, Cuba, sede de los Diálogos de Paz, enero 14 de 2014
Como una contribución para
avanzar en la solución de la problemática económica y social del
campesinado que se ha visto obligado a cultivar la hoja de coca, la
amapola o la marihuana, a fin de avanzar en la generación de condiciones
materiales e inmateriales para el buen vivir de las comunidades
campesinas y de los núcleos familiares que las conforman, las FARC- EP
presentan los siguientes lineamientos básicos para la formulación de un
“Programa nacional de sustitución de los usos ilícitos de los cultivos
de hoja de coca, amapola o marihuana”, que en su espíritu y contenidos
esenciales se fundamenta en la propuesta de plan piloto para Cartagena
del Chairá, presentada por el Comandante Manuel Marulanda Vélez (Leer documento)en
San Vicente del Caguán, el 16 de junio de 2000. Esta propuesta ha sido
actualizada y rediseñada teniendo en cuenta los rasgos asumidos por esta
problemática durante los últimos lustros, las tendencias del debate
político y académico, y las nuevas definiciones que se vienen abriendo
paso a nivel internacional en el diseño de políticas en este campo, como
los avances concretados en los acuerdos parciales referidos a los
puntos 1 y 2 del Acuerdo general de La Habana.
- 1.Propósito general del Programa
Generar condiciones materiales e inmateriales para el buen
vivir de las comunidades campesinas y de los núcleos familiares que las
conforman, que en la actualidad derivan su subsistencia precaria de
cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana, en un contexto de
transformaciones estructurales de la sociedad rural, propias del proceso
de reforma rural y agraria integral, socioambiental, democrática y
participativa, que reclaman el país y los desposeídos del campo.
- 2.Objetivos del Programa
El Programa busca los siguientes objetivos:
- 2.1.Contribuir a las transformaciones estructurales de la sociedad rural, propias del proceso de reforma rural y agraria integral, socioambiental, democrática y participativa, que reclaman el país y los desposeídos del campo.
- 2.2.Superar las condiciones de pobreza y miseria de comunidades campesinas y de los núcleos familiares que las conforman, que se han visto forzadas, por su situación socioeconómica, a la producción de hoja de coca, amapola y marihuana. En igual sentido, de todos los trabajadores vinculados al proceso de producción: recolectores, amedieros y demás obreros.
- 2.3.Fortalecer las comunidades campesinas con base en el reconocimiento de su capacidad de gobierno y de gestión autónomas sobre el territorio.
- 2.4.Promover la sustitución voluntaria de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana, mediante el impulso de planes de desarrollo alternativo, diseñados en forma concertada y con la participación directa de las comunidades involucradas.
- 2.5.A través de la intervención directa del Estado, regular la producción y el mercado de la hoja de coca, la amapola y la marihuana, con base en el reconocimiento de las cualidades alimenticias, medicinales, terapéuticas y culturales, a definir en cada caso, así como de sus posibilidades artesanales e industriales.
- 2.6.Contribuir a la soberanía y la seguridad alimentarias de la Nación.
- 3.Condiciones para la realización del Programa
Para la implementación del Programa se requieren
garantizar condiciones básicas políticas, económicas, sociales, de
política criminal y de tratamiento de orden público:
- 3.1.Definición del Programa Nacional como capítulo especial del proceso de reforma rural y agraria integral, socioambiental, democrática y participativa
El “Programa Nacional de sustitución de los usos ilícitos
de los cultivos de hoja de coca, amapola o marihuana” será definido
como capítulo especial del proceso de reforma rural y agraria integral,
socioambiental, democrática y participativa. En ese sentido, el Programa
deberá ser contentivo del derecho a la tierra y el territorio, que se
debe garantizar a los campesinos y a las comunidades campesinas, así
como de todas las políticas e instrumentos requeridos para hacerlo
efectivo en términos reales y materiales, de acuerdo con las propuestas
formuladas al respecto por las FARC-EP, y en consonancia con los
acuerdos parciales pactados con el Gobierno nacional en la Mesa de
conversaciones. Particular importancia reviste el reconocimiento
efectivo de las Zonas de Reserva Campesina. El Programa deberá
incorporarse además en el Plan Nacional de Desarrollo del próximo
gobierno.
- 3.2.Definición concertada de los territorios objeto del Programa
Con base en los instrumentos técnicos propios de la
referenciación geográfica y de la cartografía social, se procederá - con
la participación directa de las FARC-EP y de las comunidades
involucradas – a la definición de los territorios y áreas específicas
del Programa. Según el caso y de acuerdo con las definiciones más
precisas del Programa, se podrán establecer territorios o zonas
geográficas a priorizar.
- 3.3.No afectación de territorios y zonas objeto del Programa con explotaciones mineras o de hidrocarburos
Teniendo en cuenta que los territorios y zonas objeto del
Programase inscriben dentro de un concepto de desarrollo alternativo
para la soberanía y la seguridad alimentarias de la Nación, éstos serán
excluidos de cualquier proyecto de minería a cielo abierto y gran
escala, o de exploración y extracción de hidrocarburos.
- 3.4.Conformación de Consejos para el diseño y la implementación del Programa en diferentes niveles
En consideración al carácter político, económico, social,
ambiental y cultural del problema a enfrentar, se requiere la más amplia
participación de las comunidades directamente involucradas. En ese
sentido, se conformarán Consejos participativos de dirección y
coordinación del Programa así:
- a)Asambleas y Consejos comunitarios del Programa
La base el Programa se encuentra en las Asambleas y los
Consejos comunitarios. Las Asambleas comunitarias estarán conformadas
por los integrantes de las comunidades campesinas de productores de hoja
de coca, amapola y marihuana, según el caso. Su función principal
consiste en la definición de los lineamientos principales del Programa
en la respectiva jurisdicción, así como en la designación de los
representantes de las Juntas comunales en el Consejo Comunitario. El
Consejo Comunitario, con base en las definiciones de la Asamblea
comunitaria, tendrá la función de definir el Programa local, las
políticas, los instrumentos y los mecanismos para su implementación, así
como el seguimiento a su ejecución y cumplimiento. De las Asambleas y
Consejos Comunitarios saldrá el Programa a ser concertado con el
Gobierno en los Consejos Locales.
- b)Consejos locales del Programa
Se conformarán Consejos Locales del Programa, integrados
por representantes del Gobierno en el nivel municipal, de las FARC-EP y
de los Consejos Comunitarios. Los Consejos locales representan
instancias de concertación, diseño y definición del Programa en el nivel
local, así como de las de las políticas, de los instrumentos y los
mecanismos para su implementación, así como en el seguimiento a su
ejecución y cumplimiento.
- c) Consejos Territoriales del Programa
Se conformarán los Consejos Territoriales del Programa,
integrados por representantes del Gobierno en el nivel departamental,
delegados de los gobiernos municipales, de las FARC-EP, y de los
Consejos Comunitarios de los respectivos territorios. Sus principales
funciones consisten en el diseño concertado del Programa en el nivel
territorial, en la definición de las políticas, de los instrumentos y
los mecanismos para su implementación, así como en el seguimiento a su
ejecución y cumplimiento, atendiendo lo establecido de los Programas
locales.
- d) Consejo Nacional del Programa
Se conformará el Consejo Nacional del Programa, integrado
por representantes del Gobierno nacional, delegados de los gobiernos
departamentales, de las FARC-EP, y de las comunidades campesinas
organizadas. Sus principales funciones consisten en el diseño concertado
del Programa Nacional, en la definición de las políticas, de los
instrumentos y los mecanismos para su implementación, así como en el
seguimiento a su ejecución y cumplimiento, atendiendo lo establecido de
los Programas territoriales.
- 3.5.Desmilitarización de los territorios y zonas objeto del Programa
La puesta en marcha del Programa supone la provisión de
garantías y condiciones de seguridad para la población campesina que
habita los territorios y las zonas objeto del Programa. Por ello, se
hace necesario el inicio inmediato de la desmilitarización de dichos
territorios, y su consecuente exclusión como zonas de guerra y de los
“Planes de consolidación”. Los territorios objeto del Programa serán
definidos como “Territorios de construcción de paz con justicia social”.
La presencia del Estado deberá concentrarse en la provisión de bienes
comunes, de dotaciones infraestructurales físicas, sociales y de
recuperación ambiental, así como en el impulso y el apoyo a economías
campesinas y populares sostenibles.
- 3.6.Suspensión de las aspersiones aéreas con agentes químicos y de la erradicación forzada de cultivos
El carácter voluntario y concertado del Programa impone
generar confianza en los campesinos productores; conlleva en
consecuencia, como contraprestación del Gobierno nacional, la suspensión
inmediata de las aspersiones aéreas con agentes químicos como el
glifosato sobre los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana en los
territorios y zonas del Programa. De igual forma, la suspensión de la
erradicación forzada de dichos cultivos.
- 3.7.Revisión de la política criminal del Estado
El Programa presume la revisión inmediata de la actual
política criminal del Estado, centrada en la persecución, la
estigmatización y la criminalización de los campesinos productores. En
ese sentido, se deben proveer los diseños normativos a que hubiere lugar
con miras a garantizar un tratamiento de las problemática de los
cultivos acorde con su naturaleza económica, social y cultural.
- 3.8.Medidas extraordinarias de carácter económico y social
En atención a que el Programa será de implementación
gradual, se deben convenir con las comunidades campesinas y los núcleos
familiares que las conforman, en las instancias correspondientes,
medidas extraordinarias de carácter económico y social, tendientes a
garantizar condiciones dignas de vida y de trabajo. Para tal efecto, se
otorgará a cada familia una renta básica mensual hasta el momento en que
se garantice la sostenibilidad económica y social de los planes y
proyectos que conforman el Programa. La renta básica también cubrirá
atodos los trabajadores de los cultivos, recolectores, amedieros y demás
obreros, que conforman una masa laboral móvil vinculada al proceso de
producción. En igual sentido, la comunidad campesina, de la que hace
parte el núcleo familiar, recibirá una renta especial para la
financiación y el sostenimiento de la actividad comunitaria,
especialmente en lo referido a sus aspectos organizativos y
socioculturales.
- 4.Contenidos básicos del Programa
El Programa debe partir de una consideración básica: El
problema a enfrentar no resulta de los cultivos campesinos de hoja de
coca, amapola y marihuana, sino de los usos ilícitos que se le dan a
éstos. En ese sentido, más que combatir la producción, de lo que se
trata es de regularla o de sustituirla, según el caso. El Programa se
distancia en su concepción de políticas prohibicionistas o de
interdicción, y pretende más bien buscarle una salida a la problemática
económica y social que ha llevado a sectores del campesinado a
convertirse en los eslabones más débiles de una empresa capitalista
transnacional de carácter criminal. Un fundamento indiscutible de esa
salida se encuentra en el carácter voluntario y concertado y, por tanto,
en la manifiesta voluntad política de las comunidades campesinas de
transitar caminos alternativos, a fin de generar condiciones para
garantizar condiciones dignas de vida y de trabajo, su buen vivir.
Teniendo en cuenta lo anterior, el Programa debe considerar dos componentes:
- a)Un componente de sustitución voluntaria de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana, mediante el impulso de planes de desarrollo alternativo, diseñados en forma concertada y con la participación directa de las comunidades involucradas.
- b)Un componente adicional de sustitución voluntaria de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana, a través de la intervención directa del Estado para regular la producción y el mercado, considerando las cualidades alimenticias, nutricionales, medicinales, terapéuticas y culturales, según el caso, así como su potencial económico.
Por ello, las estipulaciones iniciales del Programa se
refieren a la definición de los territorios y zonas que serán objeto de
sustitución voluntaria y concertada de cultivos por planes de desarrollo
alternativo, por una parte. Y los territorios y zonas en los que se
mantendrá, por voluntad de los productores, una producción regulada por
el Estado sea a través de procesamientos lícitos artesanales o
industriales o de un sistema de compras estatales, orientados al
abastecimiento del mercado interno o a la atención de la demanda
internacional, por la otra.
En cada caso, deberá realizarse un diagnóstico del
respectivo territorio o zona, de acuerdo con parámetros técnicos, con el
fin de establecer la situación política, organizativa, social,
cultural, ambiental, así como de dotación de infraestructura física,
social e institucional. La formulación del diagnóstico se fundamenta en
la participación directa y activa de las comunidades involucradas, en
cooperación con técnicos y expertos en diversas disciplinas de las
ciencias sociales, técnicas y naturales, que serán provistos por el
Programa a petición de las comunidades. La formulación del diagnóstico
deberá conducir a la identificación de las diferentes necesidades de las
comunidades, así como de las dotaciones de infraestructura requeridas
para atenderlas.
- 4.1.Sustitución de usos ilícitos a través de “Planes de desarrollo alternativo”
En el caso de los territorios y zonas en los que se
defina la sustitución de cultivos, el diagnóstico deberá llevar a la
formulación de los lineamientos generales de los “Planes de desarrollo
alternativo”, de sus propósitos y objetivos, así como al establecimiento
de metas y prioridades. Los “Planes alternativos de desarrollo” estarán
conformados por programas y proyectos específicos de inversión,
elaborados por las propias comunidades, en cooperación con los técnicos y
expertos. Los programas y proyectos serán cuantificados en su totalidad
a fin de establecer el valor total del Plan y los recursos requeridos
para su ejecución. Los “Planes de desarrollo alternativo” tendrán un
horizonte de cinco años y serán desagregados en presupuestos
plurianuales de inversión, que permitirán hacer seguimiento a las metas y
compromisos pactados con el Estado. En todo caso, se sustentan en el
principio de la gradualidad de la sustitución de los cultivos, la cual
será definida de manera expresa, con metas anuales verificables.
Los “Planes de desarrollo alternativo” deberán contribuir
a garantizar las condiciones de sostenibilidad económica, social y
ambiental de los respectivos territorios y zonas. Por ello, la
definición de las actividades productivas y de generación de servicios
que sustituirán la producción de hoja de coca, amapola y marihuana
ocupan un lugar central. En ese aspecto, los planes deberán promover la
producción de alimentos, incluidos procesamientos artesanales o
industriales, según el caso, para cubrir en primera instancia la demanda
de las propias comunidades, pero también nichos del mercado interno, o
incluso para abastecimientos del mercado internacional, especialmente de
los países vecinos. De igual forma, deben contemplar formas de
articulación o encadenamientos hacia redes interterritoriales de
economía popular. El Estado garantizará precios de sustentación para los
excedentes producidos, con independencia de las fluctuaciones de los
precios de mercado, y desarrollará un sistema de compras estatales de
dichos excedentes. Los Planes deberán promover la realización de otras
actividades económicas distintas a las agrícolas y pecuarias, de
procesamiento industrial o en el campo de los servicios, de acuerdo con
las potencialidades de los territorios y zonas. Las diferentes
actividades económicas de los “Planes de desarrollo alternativo” deberán
garantizar ingreso y trabajo digno para las comunidades campesinas y
los núcleos familiares que las conforman. Mientras se alcanza la
sostenibilidad económica, habrá una renta básica y un fondo comunitario
de compensación.
En el caso de los trabajadores de cultivos,
recolectores, amedieros y demás obreros, se contemplará adicionalmente
un programa de acceso a la propiedad sobre la tierra, en los términos
contemplados en los acuerdos parciales. En todo caso, los “Planes de
desarrollo alternativo” no se medirán con el parámetro del
costo-beneficio en el sentido capitalista, sino considerando su aporte
para enfrentar la problemática derivada de los usos ilícitos de los
cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana.
Los “Planes de desarrollo alternativo” contendrán
programas y proyectos para la dotación de infraestructura física,
especialmente de comunicación y transporte; de infraestructura social,
especialmente de vivienda, salud, educación, cultura y recreación. De
igual manera, programas y proyectos para garantizar las sostenibilidad
socioambiental, incluyendo lo necesario para la recuperación ambiental
de los territorios y zonas cuando ello fuere necesario. Especial
atención merecerá la protección de bienes comunes como el agua, la
biodiversidad y las semillas nativas.
Todos los programas y proyectos que conforman los “Planes
de desarrollo alternativo” serán ejecutados por las propias comunidades
y contarán la debida asistencia técnica y tecnológica. En ese aspecto,
representarán una forma de generación de empleo e ingreso, que incluye a
los trabajadores de los cultivos, recolectores, amedieros y demás
obreros. Los “Planes de desarrollo alternativo” se financiarán con los
recursos provistos por los Fondos locales, en consonancia con las
asignaciones establecidas en forma concertada. Dichos recursos serán
ejecutados de manera directa por las propias comunidades. La
contratación de los dineros públicos se hará con las asociaciones u
organizaciones de las comunidades campesinas.
- 4.2.Sustitución de usos ilícitos a través de regulaciones estatales de la producción y el mercado
En el caso de los territorios y zonas en los que se
defina la sustitución voluntaria los usos ilícitos de los cultivos de
hoja de coca, amapola y marihuana, a través de la intervención directa
del Estado para regular la producción y el mercado, el fundamento
económico de los “Planes de desarrollo alternativo” se encuentra en el
reconocimiento de las cualidades alimenticias, nutricionales,
medicinales, terapéuticas y culturales, según el caso, de estos
cultivos, tal y como se encuentra comprobado por investigaciones
académicas y científicas, y por prácticas existentes en el territorio
nacional y a nivel internacional. En este sentido, se trata de
materializar las potencialidades económicas de procesamientos
artesanales e industriales de estos cultivos.
Los “Planes de desarrollo
alternativo” deberán definir de manera precisa las áreas de producción,
las cuales serán reguladas de manera directa por el Estado y por las
propias comunidades involucradas en el Programa. De igual forma se
procederá con los procesamientos artesanales o industriales destinados
al mercado interno o a los mercados internacionales. En todo caso, la
definición de las cantidades a producir se establecerá en función de
estudios de demanda potencial tanto del mercado interno como del mercado
internacional. Ello conlleva la conformación de un mercado legal de
hoja de coca, amapola y marihuana, controlado por el Estado a través de
un sistema de precios de sustentación y de compras estatales.
- 4.3.Consideraciones especiales en Parques Nacionales Naturales
En atención a la importancia estratégica del Sistema de
Parques Nacionales Naturales, del patrimonio ambiental y ecológico de la
Nación, de su condición de bienes comunes del pueblo colombiano, el
Programa contemplará condiciones especiales encaminadas a garantizar su
protección y conservación. Ello implica la prohibición expresa de
actividades de exploración y extracción minero-energética, el
emprendimiento de acciones de recuperación o restauración socioambiental
de las zonas afectadas, la consideración de procesos de sustracción,
donde se demuestren cambios irreversibles en el uso del suelo como
resultado de actividades productivas campesinas, incluidos los cultivos
de hoja de coca, amapola y marihuana. La protección y conservación de
Parques Naturales no implica la relocalización o reubicación de
comunidades campesinas y de los núcleos familiares que las conforman,
sino diseños que hagan compatibles su habitación, en condiciones de
existencia digna y de buen vivir, con los propósitos de protección y
conservación. Para ello, se deberán proveer recursos adicionales
complementarios. Sólo de manera excepcional y previa consulta y acuerdo
con las comunidades se podrán contemplar procesos de reubicación, en
condiciones a pactar con ellas, atendiendo el principio de
favorabilidad.
- 5.Mecanismos e instrumentos de financiación del Programa
La financiación del Programa correrá en su totalidad por
cuenta del Estado. Para tal efecto se conformará un Fondo Nacional. Las
fuentes de financiación del Fondo serán las siguientes:
- a)Asignaciones establecidas en el Plan de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo
- b)Asignaciones específicas del presupuesto general de la Nación
- c)Recursos provenientes del Sistema General de Regalías.
- d)Recursos provenientes de la reducción del gasto en seguridad y defensa, en proporción igual a los ahorros fiscales generados por la desmilitarización de los territorios y zonas objeto del programa.
- e)Recursos provenientes de la suspensión inmediata de los programas de aspersión aérea con agentes químicos, especialmente con glifosato, y de la erradicación forzada.
f)Aportes de la comunidad internacional, especialmente
de los países consumidores del capitalismo central y de sus Estados;
igualmente de empresas transnacionales y de organismos no
gubernamentales.
- g)Recursos provenientes de las incautaciones hechas a los narcotraficantes en Colombia y en el exterior. Los bienes incautados que estén en poder de la Dirección Nacional de Estupefacientes pasan a ser parte del Fondo.
- h)Sin perjuicio de los aportes del presupuesto general de la Nación, en el nivel territorial y local, el Programa contará con fondos provenientes de los presupuestos departamentales y municipales, de los departamentos y municipios comprometidos en su implementación. Los aportes de las comunidades campesinas y los núcleos familiares que las conforman serán con trabajo a ser remunerado por el Estado.
Los recursos del Fondo Nacional serán administrados y
distribuidos por el Consejo Nacional del Programa, atendiendo los
propósitos y objetivos generales del Programa y los requerimientos de
los Consejos Territoriales.
Se establecerán Fondos Territoriales, conformados por las
asignaciones específicas provenientes del Fondo Nacional, administradas
por el respectivo Consejo Territorial, y por los aportes
correspondientes de los presupuestos departamentales. Los recursos del
Fondo Territorial serán distribuidos atendiendo los requerimientos de
los Consejos Locales.
Se establecerán Fondos Locales, conformados por las
asignaciones específicas del Fondo Territorial, administradas por el
respectivo Consejo Local, y por los aportes correspondientes de los
presupuestos municipales. Los recursos del Fondo Local serán
distribuidos atendiendo los requerimientos de las Asambleas y los
Consejos Comunitarios. Sobre éstos recae la administración directa y
autónoma de los recursos en función de los planes y proyectos definidos
por las propias comunidades. Para efectos legales, las relaciones
contractuales a que hubiere lugar se realizarán con las asociaciones
campesinas que representen a las comunidades y los núcleos familiares
que las conforman.
- 6.Seguimiento y control
Sin perjuicio de las funciones de seguimiento y control
del Programa, que le corresponden a las Asambleas y Consejos
comunitarios, a los Consejos Locales, a los Consejos Territoriales y al
Consejo Nacional del Programa, se conformará de manera concertada una
“Veeduría internacional de seguimiento y control del Programa” en todos
sus niveles. La veeduría estará conformada por representantes de la
Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), de la
Unasur, y de la comunidad académica. La Veeduría presentará informes
semestrales de cumplimiento de metas y compromisos del Programa y podrá
hacer recomendaciones para su mejor cumplimiento.
DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP