04 de Febrero 2014
De izquierda a derecha: Alexandra Nariño y Victoria Sandino integrantes de la Delegación de Paz FARC-EP La Habana, Cuba, sede de los diálogos de paz, febrero 4 2014
Política antidrogas para la soberanía y el buen vivir de los pobres del campo
4. Sustitución de los usos ilícitos de los cultivos de coca, marihuana y amapola y planes de desarrollo alternativo
En desarrollo los lineamientos generales de la “Política
antidrogas para la soberanía y el buen vivir de los pobres del campo”,
las FARC-EP presentan seis propuestas mínimas correspondientes a la
“Sustitución de los usos ilícitos de los cultivos de coca, marihuana y
amapola y programas de desarrollo alternativo”:
1. Programa Nacional de sustitución de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana
2. Concertación y participación directa de las comunidades productoras
3. Compensaciones e incentivos para las comunidades productoras y los trabajadores de los cultivos
4. Planes de desarrollo alternativo
5. Financiación estatal de los planes de desarrollo alternativo
6. Veeduría y seguimiento internacional
4.1. Programa Nacional de sustitución de los usos ilícitos de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana
El “Programa Nacional de sustitución de los usos ilícitos
de los cultivos de hoja de coca, amapola y marihuana” presentado por
las FARC-EP en la Mesa de diálogos define los propósitos y objetivos,
las condiciones requeridas, los contenidos básicos, la financiación, el
seguimiento y el control de la política con la que se debe comprometer
el Estado colombiano para enfrentar la problemática socioeconómica y
ambiental propia de los usos ilícitos de los cultivos, desde una
perspectiva soberana, con miras a superar la pobreza y miseria y a
generar condiciones materiales e inmateriales para el buen vivir de las
comunidades campesinas y de los núcleos familiares que las conforman, y
que en la actualidad derivan su subsistencia precaria de cultivos de
hoja de coca, amapola y marihuana. El eje del Programa lo constituyen
los Planes de desarrollo alternativo.
4.2. Gradualidad, voluntariedad, concertación y participación directa de las comunidades productoras
El Programa Nacional de sustitución de los usos ilícitos
de los cultivos se fundamentará en los principios de la gradualidad, la
voluntariedad, la concertación y la participación directa de las
comunidades productoras y de los núcleos familiares que las conforman.
Ello supone el emprendimiento de procesos de negociación con las
respectivas comunidades, con el fin de definir las modalidades y los
tiempos de la sustitución, así como alternativas sostenibles desde el
punto de vista económico y socioambiental. Las instancias de
participación directa serán las Asambleas y los Consejos Comunitarios, a
los que se les respetará su autonomía; se conformarán Consejos locales,
municipales y territoriales, así como un Consejo Nacional del Programa.
Sus funciones principales consisten en diseñar, ejecutar, asignar los
recursos, así como hacer seguimiento y evaluar el Programa en la
respectiva jurisdicción. Dada la naturaleza del Programa, se proscribirá
toda forma de erradicación forzada.
4.3. Compensaciones e incentivos para las comunidades productoras y los trabajadores de los cultivos
Con miras a contribuir a generar condiciones para la
superación de las causas socioeconómicas de los usos ilícitos de los
cultivos, se pondrán en marcha una política de compensaciones e
incentivos para las comunidades productoras y los trabajadores de los
cultivos. Dicha política será concebida en consonancia con el carácter
gradual del Programa y con los apoyos requeridos una vez éste se
encuentre en plena ejecución. Su propósito principal consiste en proveer
una renta básica mensual para los núcleos familiares de productores y
los trabajadores de los cultivos, recolectores, amedieros y demás
obreros agrícolas, que garantice una existencia digna y el disfrute de
derechos fundamentales, mientras se adelantan los procesos de
sustitución gradual y hasta que se garantice la sostenibilidad económica
y socioambiental de los Planes de desarrollo alternativo. Las
comunidades campesinas recibirán compensaciones económicas periódicas
para sostenimiento y el fortalecimiento de la organización y las
actividades comunitarias. Se conformará un Fondo especial de
compensaciones e incentivos. Lo anterior, sin perjuicio de los
compromisos del Estado en lo relacionado con dotaciones de
infraestructura física, social, cultural y ambiental.
4.4. Planes de desarrollo alternativo
Previa la elaboración de diagnósticos socioeconómicos y
ambientales, por las propias comunidades de productores y con el
correspondiente acompañamiento técnico y de expertos, se formularán
Planes de desarrollo alternativo. Los Planes constituyen la base del
Programa Nacional de sustitución de usos ilícitos de los cultivos;
tendrán un horizonte de cinco años; serán desagregados en presupuestos
plurianuales de inversión, que permitirán hacer seguimiento a las metas y
compromisos pactados con el Estado. Los “Planes de desarrollo
alternativo” deberán contribuir a garantizar las condiciones de
sostenibilidad económica, social y ambiental de los respectivos
territorios y zonas; definir las actividades productivas y de generación
de servicios que sustituirán los usos ilícitos de los cultivos;
promover la producción de alimentos, incluidos procesamientos
artesanales o industriales, según el caso, para cubrir en primera
instancia la demanda de las propias comunidades, pero también nichos del
mercado interno, o incluso para abastecimientos del mercado
internacional, especialmente de los países vecinos; deben contemplar
formas de articulación o encadenamientos hacia redes interterritoriales
de economía popular. Las diferentes actividades económicas de los
“Planes de desarrollo alternativo” deberán garantizar ingreso y trabajo
digno para las comunidades campesinas y los núcleos familiares que las
conforman. Los “Planes de desarrollo alternativo” contendrán además
programas y proyectos para la dotación de infraestructura física,
especialmente de comunicación y transporte; de infraestructura social,
especialmente de vivienda, salud, educación, cultura y recreación.
De
igual manera, programas y proyectos para garantizar las sostenibilidad
socioambiental, incluyendo lo necesario para la recuperación ambiental
de los territorios y zonas cuando ello fuere necesario. Especial
atención merecerá la protección de bienes comunes como el agua, la
biodiversidad y las semillas nativas.
4.5. Financiación estatal de los planes de desarrollo alternativo
La financiación del Programa y de los Planes de
desarrollo alternativo que lo conforman correrá en su totalidad por
cuenta del Estado. Para tal efecto se conformará un Fondo Nacional. Las
fuentes de financiación del Fondo serán las siguientes:
a) Asignaciones establecidas en el Plan de Inversiones del Plan Nacional de Desarrollo
b) Asignaciones específicas del presupuesto general de la Nación
c) Recursos provenientes del Sistema General de Regalías.
d)
Recursos provenientes de la reducción del gasto en seguridad y defensa,
en proporción igual a los ahorros fiscales generados por la
desmilitarización de los territorios y zonas objeto del programa.
e) Recursos provenientes de la suspensión inmediata de los programas de aspersión aérea con agentes químicos, especialmente con glifosato, y de la erradicación forzada. f) Aportes de la comunidad internacional, especialmente de los países consumidores del capitalismo central y de sus Estados; igualmente de empresas transnacionales y de organismos no gubernamentales. g) Sin perjuicio de los aportes del presupuesto general de la Nación, en el nivel territorial y local, el Programa contará con fondos provenientes de los presupuestos departamentales y municipales, de los departamentos y municipios comprometidos en su implementación. Los aportes de las comunidades campesinas y los núcleos familiares que las conforman serán con trabajo, a ser remunerado por el Estado.
e) Recursos provenientes de la suspensión inmediata de los programas de aspersión aérea con agentes químicos, especialmente con glifosato, y de la erradicación forzada. f) Aportes de la comunidad internacional, especialmente de los países consumidores del capitalismo central y de sus Estados; igualmente de empresas transnacionales y de organismos no gubernamentales. g) Sin perjuicio de los aportes del presupuesto general de la Nación, en el nivel territorial y local, el Programa contará con fondos provenientes de los presupuestos departamentales y municipales, de los departamentos y municipios comprometidos en su implementación. Los aportes de las comunidades campesinas y los núcleos familiares que las conforman serán con trabajo, a ser remunerado por el Estado.
El Fondo Nacional se desagregará en Fondos territoriales y
locales, que asignarán los recursos para la respectiva jurisdicción.
Los recursos asignados serán administrados en forma directa y autónoma
por las Asambleas y los Consejos comunitarios.
4.6. Veeduría y seguimiento internacional
Sin perjuicio de las funciones de seguimiento y control
del Programa, así como de los Planes de desarrollo alternativo, que le
corresponden a las Asambleas y Consejos comunitarios, a los Consejos
Locales, a los Consejos Territoriales y al Consejo Nacional del
Programa, se conformará de manera concertada una “Veeduría internacional
de seguimiento y control del Programa” en todos sus niveles. La
veeduría estará conformada por representantes de la Oficina de Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), de la Unasur, y de la
comunidad académica. La Veeduría presentará informes semestrales de
cumplimiento de metas y compromisos del Programa y podrá hacer
recomendaciones para su mejor cumplimiento.
DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP